Sobre los PIAS

No son escenarios hipotéticos. De hecho, lo que digo es que incluso asumiendo una rentabilidad anual del 8% y el mejor escenario posible, apenas ganas un 5% más de lo que obtendrías utilizando un fondo de inversión. Y si la rentabilidad anual la bajas al 3%, el mejor escenario baja al 1%. Repito, el mejor, no uno rebuscado. Los números están hechos arriba.

Ya si consideras un gap, una menor rentabilidad anual del PIAS frente al vehículo que hubieras comprado alternativamente, no solo no ganarás nada sino que perderás bastante en términos comparados.

Se nota que no has hecho un número nunca. Cualquier ejemplo razonable que pongas con planes de pensiones salen ganancias.

jajajajaja es increíble. En fin. Te resumo yo @profeinversor.

  1. Tienes un capital en algún vehículo de inversión
  2. Lo rescatas metiendo las plusvalías en la base del ahorro
  3. Compras con él una renta vitalicia
  4. Cada año, todo lo que cobres por la renta vitalicia va por la base del ahorro (sí, todo, ya no hay distinción entre plusvalía y principal, claro)

Esta sería, digamos, la operación normal. Sobre esto hay que añadir 2 excepciones. Los impuestos de la renta vitalicia (4) se calculan sobre una base menor (es que si no no interesarían a nadie).

Tener exento el 60% (pagar por el otro 40% el 19%) es como si rescatases un fondo en el que el 60% son aportaciones.

La otra excepción son los impuestos en 2. El impuesto te lo saltas si reinviertes en rentas vitalicias y tienes más de x años.

Esto vale para cualquier vehículo. Y qué aporta el PIAS de diferencial? Pues según comentó este hombre en otro hilo, permitiría evitar los impuestos de 2 antes de esa determinada edad.

Ojo con esto. 2 enfoques.

  1. No puede valorarse el impacto negativo de cambios en la ley basándonos en una ley. Que la retroactividad negativa esté prohibida es algo positivo, un refuerzo. Pero no es algo absolutamente imposible.
  2. La interpretación de esta retroactividad es problemática. Algunas circunstancias como las contingencias en los planes de pensiones podrían considerarse incluidas. Pero que se muevan los tramos de la base general o del ahorro no lo creo. Si tú tienes un PIAS y cambian los porcentajes exentos de la renta vitalicia o directamente se elimina la exención, es retroactivo? Yo creo que no. Lo mismo que si me hago un plan de pensiones y en rescate los tipos del trabajo están disparados.
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