Duda sobre plan de pensiones

Hola a tod@s,

Hace un par de días comentaba con un buen amigo mío sobre posibilidades actuales de inversión y al final terminamos hablando sobre planes de pensiones. En concreto, sobre un plan de pensiones que tiene su padre y el cual les genera dudas sobre como tratarlo en el medio-largo plazo.

Cómo yo no soy ni mucho menos un experto en este tema (en realidad, siempre he sido bastante contrario a ellos) la verdad es que no pude llegar a una conclusión, así que paso a exponer brevemente aquí el caso por si alguien quiere aportar su opinión.

El padre de mi amigo, con edad próxima a jubilarse, dispone de un plan de pensiones muy generoso. La duda que tienen es si les vale la pena ir rescatando poco a poco este plan a partir de su jubilación oficial dentro de un par o tres de años o si por el contrario mejor dejarlo tal como está o seguir aportando periódicamente. Este hombre cobra un sueldo normal y debido a su buena tasa de ahorro e inversiones realizadas, cobra sus rentas y en realidad no le haría falta el dinero extra que podría obtener al rescatar su plan de pensiones teniendo en cuenta que ya cobraría una buena pensión y sus rentas mensuales.

¿Vale la pena dejar el plan sin tocarlo o mejor rescatarlo? Si falleciera, ¿como sería la fiscalidad para los herederos? ¿es posible/buena opción traspasar o donar en vida el plan? Teniendo en cuenta además su edad, tampoco creo que sea una opción por su parte reinvertir ese dinero en otros productos financieros o inmuebles.

Muchas gracias y disculpad si este tema ya se ha comentado anteriormente en el foro, pero he estado buscando y no lo he encontrado.

Un saludo

Echa un vistazo a esta charla de @Guillem sobre planes de pensiones, que te va a aclarar bastante tus dudas.

Había otro específico sobre diferentes estrategias de desinversión, creo que del Value Summer School de este año también con @Guillem, pero igual no lo han publicado aún en YouTube porque no lo encuentro.

Diría que el resumen es que si no lo necesita, lo mejor es que lo herede tu amigo directamente, ya que fiscalmente es bastante ventajoso.

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Muchas gracias @contrafoque!

No he acabado de visionar toda la sesión pero almenos la parte que he visto me ha respondido muchas de mis dudas. Tomo nota y en todo caso le paso el link a mi amigo, estoy seguro que lo agradecerá!

Un saludo

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Estimado @David09, el problema de los planes de pensiones es el trato fiscal, y este va a ser exactamente igual si lo cobra el padre de tu amigo, que si se lo deja a sus herederos (en este caso beneficiarios en caso de fallecimiento). Se va a declarar como Rentas del Trabajo.

La cuestión es que si lo percibe el titular, podrá diferir el cobro en varios ejercicios fiscales, de forma que puede aminorar el impacto fiscal.
Supongo que sabrás que un plan de pensiones tributar SIEMPRE COMO RENTAS DE TRABAJO y tributa entre el 19% y el 45 % del capital que rescate.
Sí dices que es un importe “generoso”, me inclino más a pensar que tributará el 45%.
En su favor, y al decir que el plan es generoso, quiero entender que es antiguo, por lo que el 40% de lo aportado hasta 2005, estará exento de tributación SÓLO SÍ LO RESCATAN EN LOS DOS EJERCICIOS INMEDIATOS A LA CONTINGENCIA DE JUBILACIÓN O FALLECIMIENTO.

Si lo percibe el titular, puede diferir los cobros, que será la forma menos gravosa. Por una parte debería rescatar lo aportado hasta 2005 y aplicar la deducción comentada anteriormente. Y por otra parte debería rescatar el resto de las aportaciones, que tributarán al 100%. Está segunda parte puede percibirla diferida en varios ejercicios fiscales. En cualquier caso, tanto la primera parte como los cobros diferidos se sumarán a la pensión de jubilación pública y la suma de la pública y la privada establecerá el IRPF por el que tenga que tributar.
Por lo que has explicado entiendo que su pensión de jubilación superará los 12.000 € anuales, así que cualquier cantidad que sume, penalizará su IRPF y tendrá que tributar al menos el 24 % de la suma de la pensión pública y el plan de pensiones. Como veis todos son ventajas con los planes de pensiones. Y aun hay quien los defiende.

Espero que tomen nota los más jóvenes.

Por otra parte, queda la opción de no rescatarlo y permitir que lo cobren los beneficiarios en caso de fallecimiento, pero eso no modifica el concepto por el que tributará. Los beneficiarios en caso de fallecimiento no percibirán una herencia ni una sucesión, sino que PERCIBIRAN RENTAS DE TRABAJO, porque hacienda no perdona ni a los muertos.

Al ser rentas de trabajo, se sumarán a los rendimientos de trabajo declarados por los perceptores, que verán penalizado su IRPF. El “regalo”, sí no son previsores, les acarreará una desagradable sorpresa al hacer la declaración de la renta.

La cuestión es que si son varios los beneficiarios, la cantidad se dividirá entre todos y el impacto fiscal será menor.

Pero los beneficiarios en caso de fallecimiento no podrán optar por el cobro diferido DE LO APORTADO HASTA 2005. Lo tendrán que declarar en 2 veces. El resto lo podrán diferir, incrementando su IRPF.

No me queda más remedio que insistir a quien aún este a tiempo, en que los planes de pensiones no interesan. Para planificar un complemento a la jubilación, mejor PIAS.

Y como siempre, @David09, recomiendo tratar cada caso de forma detallada y personalizada. Preguntar no cuesta nada.

A vuestra disposición.

Muy interesantes tus comentarios @SalvaDuque.

Me genera dudas la deducción del 40% de lo aportado hasta 2005, si aplica tanto para las aportaciones realizadas por el titular como las realizadas por la empresa. Por lo que dices, igualmente sólo existe si se rescata por el titular, no por otros beneficiarios. Creo que es un punto importante a valorar.

En todo caso, está claro que deberían planificar y asesorarse para asegurar el mejor tratamiento fiscal independientemente del camino que elijan.

Un saludo.

¿Seguro que un heredero tiene que retirar el contenido del plan de una vez y no lo puede retirar en forma de renta como si el plan de pensiones fuera suyo? ¿O te refieres a retirarlo antes de la jubilación o cualquier otro de los casos?

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Sí. Perdona @contrafoque. Buena anotación porque no estaba bien expresado.
Lo acabo de corregir.

En el caso concreto que nos ocupa, y en el plazo de dos años (fecha estimada de jubilación del titular), en caso de fallecimiento del titular los perceptores aun estrían en edad laboral y verían muy penalizado su IRPF. Tanto si percibieran en forma de capital con como sí perciben renta.

Respecto a la amnistía fiscal del 40% de lo aportado hasta final de 2005, desde el año 2015 para beneficiarse de la reducción sólo podrían hacerlo en los dos ejercicios posteriores a la contingencia de jubilación o de fallecimiento.

Por último, queda la opción de retrasar el rescate del plan de pensiones hasta la jubilación de los beneficiarios por contingencia de fallecimiento del titular, y así iríamos eternizando el rescate por los siglos de los siglos.

A mi entender la mejor opción es el titular lo aportado hasta 2005 en dos veces. Y el resto de forma diferida en forma de renta temporal. Y ojo este detalle es importante.

Los planes de pensiones sabes catalán forma de renta temporal, Dividiendo el capital entre el número de años concretos, 10, 15, 20. Titular del plan, las condiciones en caso de fallecimiento del titular antes del plazo marcado.

Esto no ocurre con una renta vitalicia, en la que la renta se percibe de por vida, hasta el fallecimiento del titular, y sí éste fallece antes de consumir el capital, la cantidad restante pasa a los herederos o personas designadas, en concepto de sucesiones.

Insisto en que cada caso es independiente, y habría que analizarlo. Por ejemplo si la salud del perceptor es delicada, tal vez compense dividir el capital en 10 años. Pero sí la salud es buena, sin duda compensa la renta vitalicia.

Pero, una vez más, es que tratándose de un plan de pensiones, para contratar una renta vitalicia primero hay que pasar por caja, y declarar el capital como renta de trabajo. Y una vez deducidos los impuestos, con el capital restante se contrataría la renta vitalicia.

@David09, Este detalle es nuevo y creo que no lo habías comentado.

Al ser un plan de pensiones de empresa en el que la empresa aporta, las cosas cambian radicalmente, puesto que a la hora de proceder al rescate habría que ver sus características y límites establecidos por la empresa y la gestora del plan.

Insisto, cada caso hay que verlo individualmente

Tributa al 45% sólo lo que pase de 60.000 ya que se tributa por bandas. Está claro que cuanto más generoso, más cerca de ese 45%.

Precisamente porque son rentas de trabajo, para mí los PP tienen sentido como complemento o sustitución del sueldo si decido dejar de trabajar antes de la jubilación más que como complemento de la pensión que me quede, que en mi caso haría con el resto de la cartera. Desde luego siempre como renta y nunca para retirarlo de golpe.

Puedo estar (muy) equivocado, sigo aprendiendo así que estas conversaciones siempre aportan algo.

¿Entiendo que hacerse un plan de pensiones solo sería rentable si la renta anual neta excede los 35K verdad? Gracias

No @Yomisma20. Sí me permites el consejo, planes de pensiones solo para rentas que superen en mucho los 60.000€, que es donde empiezas a tributar al 45%. Y siempre para hacer la máxima aportación de 8000€ año. Sí no lo tiene sentido.
La única razón de ser de los Pp es que reduce la base imponible de las rentas de trabajo. En ese tramo del 45%, la aportación a PP puede suponer bajar de tramo y no tributar el 45% de la cantidad aportada a PP.
Es un producto que no cumple su finalidad. En vez de plan de pensiones deberían llamarlo Plan de Aplazamiento Fiscal.

Para rentas de trabajo inferiores a los 60K, te arriesgas a que el ahorro fiscal sea menor que la penalización que tendrás en el momento del rescate.

Encontraras teorías que proponen reinvertir cada año el importe deducido en la declaración de la renta, para soportar contrarrestar el “palo” de hacienda en el momento del rescate, pero créeme, tras décadas en el sector, aun no se de nadie que haya aplicado esa estrategia religiosamente cada año hasta la jubilación. Y sí alguien se aproximó, estaba en el tramo del 45% y la gestión se la hacía su asesor fiscal.
Hoy en día, LE PESE A QUIEN LE PESE EN ESTE CANAL, el plan de pensiones NO INTERESA, y producto ideal para planificar un complemento a la jubilación es el PIAS.

A vuestra disposición.

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No coincido.

Es cierto que las estadísticas no son buenas, ni en calidad de la oferta (rentabilidad histórica de los PP pésima) ni en balance fiscal para los inversores. Pero eso no quiere decir que te tenga que pasar a ti. Esos problemas se explican en gran medida por el desconocimiento de la gente (mi padre que tiene un PP que no sabe ni qué tiene dentro ni cómo tributa ni se ha hecho ningún calculo al respecto, con la desgravación se queda satisfecho).

El plan de pensiones, como dice @SalvaDuque es simplemente un aplazamiento fiscal (de la base general). Si lo comparamos con un fondo de inversión vemos que se puede ganar relativamente dinero por 2 causas:

  1. Que al aplazar el impuesto general consigamos reducir el impuesto, el tramo: estabilizar ingresos en el tiempo → aportar en momentos de alta renta y rescatar en los de baja renta (pensemos en autónomos y así con ingresos muy volátiles o en gente en pico de carrera profesional)
  2. Por el simple hecho de no pagar impuesto del ahorro: a más plusvalías, mayor rentabilidad relativa (el fondo pagará por ellas pero el PP no)

image

Y cuales son los números?
Para hacernos una idea de si nos sale bien o no suscribir un PP podemos calcular lo que se llama el “tipo marginal equivalente”. Este sería el tipo máximo que podríamos pagar en el rescate del PP sin que perdamos relativamente dinero frente a la alternativa.

Sin el punto 2, ese tipo sería igual a nuestro tipo actual, pero el evitar impuesto al ahorro eleva el tipo marginal equivalente en unos 10 puntos porcentuales para casos razonables.

Estimado ese tipo marginal equivalente, ya solo nos queda plantearnos a qué tipo creemos realmente que rescataremos el plan de pensiones en el futuro. Si es mayor, perderemos relativamente dinero. Si es menor (y cuanto menor sea), ganaremos relativamente dinero.
https://twitter.com/donfritata/status/1263203476236091392

Entonces sí, cuanto mayor sea nuestro tipo actual y por tanto nuestro marginal equivalente; mayor seguridad podremos tener de que nos va a salir bien la jugada. Pero incluso con tipos bajos puede salir a cuenta. Una persona en pico de su carrera profesional con un tipo del 20% y con pocos ahorros no es probable que vaya a tener un tipo mayor en el futuro (sobre todo si no somos optimistas con el sistema público de pensiones)…

De hecho rallo el otro día en su vídeo crítica a los planes de pensiones comentaba esto, que las estadísticas indican que a los únicos que les sale fiscalmente bien la jugada es a las rentas bajas ya que en su futuro sus rentas son aun menores. Mientras que las rentas altas suelen tener rentas todavía más altas en su futuro.

Os recomiendo el hilo de tuiter que he pasado donde está esta tesis un poco más extendida.

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:point_down:

Los planes de pensiones

Mejor no hacerlos

Si los tenéis, dejad de aportar

Si los podéis rescatar, cuanto antes

Teo

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Si @Dieg,o. Tus argumentos en defensa de los planes de pensiones son correctos. están súper trabajados y en la teoría pueden llegar a ser convincentes. La cuestión es que si hiciéramos una encuesta, no creo que llegue a un 1/100.000 de las personas que están pensando en ahorrar para la jubilación, que sean capaces de entender lo que has expuesto.
Y de los que lo hemos entendido, no habrá ni un 1/1000 que esté dispuesto o sea capaz de autogestionar lo que como propones en la práctica.
Esto, inevitablemente lleva a que para poder sacarle partido un plan de pensiones necesitarías un gestor y un asesor financiero que cada año se reuniera con el cliente para trabajar sobre el producto. Eso implicaría unos costes de gestión que se comerían la poca rentabilidad que ofrecen estos productos.

Al final todo nos lleva al mismo lugar.
Los planes de pensiones no le interesan a la mayoría de la gente.
El hecho de que haya más número de partícipes entre los que perciben rentas más bajas, no quiere decir que sea más interesante para ellos, sino que por desgracia el plan de pensiones siempre ha sido una moneda de cambio de la banca, para poder colocar sus hipotecas, créditos personales, y otros productos.
Aunque la estadística diga lo contrario, los planes de pensiones solo interesan a las rentas altas, que en la mayoría de los casos no gestionan sus finanzas, delegan esa tarea y pagan por ella.

Buenos argumentos en la teoría, pero irreales en la práctica.

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Ese no es mi problema. Yo me lo sé para mi caso que es el que me importa. Para venderselo a los demás que lo piensen otros.