Venta casa habitual por divorcio e inversión en inmuebles

Hola a tod@s,
He estado mirando y remirando en Hacienda. Las ganancias patrimoniales por la venta de la casa habitual deben ser íntegramente invertidas en la compra de la nueva casa habitual, en el plazo de dos años y mencionándolo en la declaración, para estar exenta de impuestos.
Ahora bien, no he encontrado si hay la manera legal de invertir en inmuebles que no sean mi vivienda habitual; yo vivo de alquiler y me compensa seguir así en la zona donde estoy.
Me planteo:
a) invertir todo o una parte en una vivienda habitual para vivir allí dos años y luego alquilar.
b) pagar el % de impuesto que toque por la venta y, a partir de ahí, empezar la inversión.

¿Qué es lo que no estoy viendo?
Gracias y salud! :blush:

Me interesa este tema ya que estoy en una situación parecida. Añado otra pregunta, son dos años, nosotros hemos firmado la venta en marzo de 2023 ¿Los dos años para Hacienda cumplen en marzo de 2025, o mientras compre en 2025 aunque sea en diciembre ya sería suficiente porque lo tendría que declarar en la renta que haga 2026?

Buenas Xjjose,
creo que he encontrado la respuesta a nuestras dos preguntas:
Por tu parte, la Agencia Tributaria, parece indicar que es de fecha de venta a fecha de compra (años clavados). No he encontrado nada más por el momento. Te dejo el enlace que he encontrado:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/iafriafrc05f

En mi caso, sí puedo hacer una partición de la ganancia patrimonial y que quede exenta la parte destinada a la vivienda habitual. El resto, toca pagar el impuesto correspondiente. Es una opción que ahora estoy estudiando.

Saludos! :blush:

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Muchas gracias por la información @John :ok_hand:

Como no me funciona el enlace que has dejado, dejo por aquí el que he encontrado yo, por si le sirve a alguien más de referencia.

Hola a tod@s,

Este tema tiene más miga de lo que parece. Yo también estaré en una situación parecida a medio plazo, ya que mi idea es cambiar de residencia por una de menor valor dentro de unos años.
Se estaría totalmente exento de ganancia patrimonial, no si reinviertes la diferencia entre precio de venta y adquisición, sino si reinviertes el valor total del bien transmitido.
Si por ejemplo vendes por 200k, compraste por 50k y la nueva casa cuesta 150k, tienes que tributar por los 50k que no has reinvertido. No sirve que habiendo ganado 150k, la nueva casa te cueste eso…
Ante este panorama situaciones de este tipo en gente menor de 65 años (a los mayores de esa edad no les afectaría) resulta un problema fiscalmente hablando.
En tu caso John optaría por la opción a), aunque tendrías otra opción intermedia, que es comprando el inmueble para ser considerado tu vivienda habitual, sigas de alquiler en el otro lado y alquiles la comprada por habitaciones, argumentando que una de esas habitaciones se considera tu vivienda habitual. Al cabo de los dos años vuelves a considerar la de alquiler como vivienda habitual y ya está. El único problema que veo es que tu casero declare el alquiler citando tu NIF y por ahí Hacienda pueda tirar.
Un saludo,

Buenas!! yo estoy en una situación parecida, ( sin divorcio) cuento mi duda y a ver si me logro explicar.

tengo una casa en propiedad y es mi vivienda habitual, esta la quiero vender no se si ahora o en un par de años, depende de vuestras respuestas, jajaj.

todo el dinero de la venta lo quiero reinvertir seguramente en dos pisos en otra comunidad, los cuales los pondria en alquiler.

Ahora viene mi pregunta:

Ninguno de esos dos pisos podría ponerlos como vivienda habitual? aunque solo me desgravara la mitad del primer piso??
O tengo que esperar algún tiempo??

Gracias de antemano