Retención en origen y seguro de cambio de divisa

Buenos días

Soy nuevo en el foro.

Llevo varios días leyendo diversos hilos y debo decir que es muy agradable poder cotejar opiniones y acceder a estrategias y conocimientos varios de forma sosegada y reflexiva.

Como demasiada gente en este país, mi formación financiera ha sido escasa. Tampoco el entorno que me rodea tiene conocimientos, limitándose en la mayoría de las ocasiones a inversión inmobiliaria.

De ahí que toca ponerse a estudiar y leer todo lo posible de cara a superar este handicap y preparar el futuro.

La estrategia que quiero desarrollar es de inversión pasiva (o casi) en empresas de dividendos. Siempre que sea posible a través de fondos de inversión. Los veo mas eficientes que los ETF fiscalmente hablando (si hay que cambiar de fondo por rendimiento o en el paso de acumulación a reparto)

Veo complicado superar al mercado y me parece interesante ir creando una hucha con fondos de acumulación para luego pasar a reparto, llegado el momento de la jubilación.

Encuentro algunos temas poco claros, por lo que cualquier aclaración será bienvenida.

Por un lado, a veces leo que la doble imposición o retención en origen no se aplica si se invierte a través de fondos y otras veces parece que hacerlo así penaliza en relación con la compra de acciones individuales reclamando la retención a los países con acuerdo.

Considero mas sencillo para mi invertir a través de fondos especializados en dividendos, pero siempre que los costes sean bajos y no perjudique la doble imposición.

Y otra duda es si hay que proteger la inversión en empresas fuera del área Euro con un seguro de cambio de divisa o no es necesario.

Gracias de antemano.

Bienvenido Nacho,

Los fondos sí sufren de doble imposición por retención en origen en algunos países. En algunos recuperan una parte, en otros nada, y todo depende del país y del fondo. No obstante, hay algunos países en los que tampoco se puede recuperar la retención en origen con acciones individuales, y en otros los trámites son muy farragosos.

La mayoría de los inversores por dividendos a los que les preocupa este tema invirtien solo en Estados Unidos, puesto que ahí sí se puede recuperar la retención en origen con un trámite no demasiado farragoso y sin embargo mediante fondos sí la cobran. La excepción es que el broker que tiene el fondo también sea estadounidense, en cuyo caso también se puede recuperar haciendo el mismo trámite.

Respecto al seguro de cambio de divisa, la mayoría de los inversores no lo tenemos. El seguro tiene un coste que merma la rentabilidad a largo plazo y normalmente se asume también el riesgo divisa al invertir en renta variable. En renta fija sí es más común tener el seguro, puesto que suele ser un activo más orientado a inversores conservadores y el riesgo de divisa no suele ser adecuado para un inversor con ese perfil.

Muchas gracias por la respuesta

Hola de nuevo.
En mi banco me comentan lo siguiente:

En realidad los fondos de inversión no tributan como lo haría un particular. Por tanto, cuando reciben los dividendos de las compañías no pagan el 19% como harías tú, sino un impuesto bonificado que es mucho más reducido (si el fondo está domiciliado en España tributa sólo el 1%, tanto por las plusvalías como por los dividendos recibidos).

Y, por otro lado, en la modalidad de distribución, tú no recibes directamente los dividendos de las compañías, sino que recibes el dividendo del fondo, que a su vez procede de las compañías. Por tanto, provenga de donde provenga ese dividendo (de compañías nacionales o extranjeras) para ti el dividendo te lo está abonando el fondo, y tributarás por él como lo harías por cualquier otro dividendo.

Entiendo entonces que la fiscalidad de los fondos es diferente y evita el problema de la retención en origen al tener que pagar una cantidad mínima por los dividendos que reciben. Al menos los domiciliados en España.

Lo que te han contado es cómo tributan los fondos en España, no en origen. Poniendo el ejemplo de EEUU, cada vez que una empresa paga un dividendo el IRS (la hacienda americana) retiene un 15% sí o sí, sea a un fondo o un particular. Pasa lo mismo en otros países. El 1% que te han comentado es lo que se retiene en España.

El gestor del banco probablemente ni sepa que existen las retenciones en origen porque son poco conocidas.