Reembolsos de fondos y fiscalidad

Hola gente.

Acabo de descubrir que Indexa me hizo un reembolso de un fondo el pasado verano para obtener efectivo y cobrar sus comisiones. Este mes me enviaron un email para avisarme de que mi efectivo era bajo, y fue cuando caí en la cuenta de que llevaba mucho sin hacer aportaciones. Para el reembolso del pasado verano no me avisaron.

La cuestión es que mi propio despiste me ha empujado a traspasar mi cartera de Indexa a MyInvestor. Y ahora me surge una pregunta sobre la fiscalidad de los fondos con la que seguro que los que ya habéis hecho algún reembolso podréis ayudarme:

  • ¿Cómo de complejo es incluir en la declaración de la renta los beneficios de un reembolso?

Me gustaría pensar que las plataformas de inversión nos facilitan la vida permitiendo descargar la información fiscal en mayo para hacer un copia y pega de cifras en la declaración.

Entiendo que si uno invierte por ejemplo 1000 euros en un fondo y después lo liquida obteniendo 1200, sería fácil entender que hay que tributar por 200 euros.

Pero la cosa cambia si esos 1000 euros se han invertido en varias suscripciones de diferente cantidad a diferentes precios, y luego incluimos traspasos entre fondos, cambios de comercializador en los que además podría no existir el mismo fondo (como me va a pasar desde Indexa a MyInvestor)… A la hora de declarar el reembolso no siempre es fácil ser capaz de seguir el rastro.

Agradecería si alguien me aportara algo de luz en el tema :slight_smile:

Un saludo!

Yo creo que cuando desinviertes el fondo último ha de calcular la rentabiliad histórica de todos los fondos por donde ha pasado y sobre eso retener el 19%. e informar a la AEAT. Y siempre se aplica el metodo fifo, la primera inversión es la primera que sale cuando se ordena un reembolso. (normalmente la más revalorizada)

Te deberían haber retenido el 19% directamente, pero si tienes dudas escríbeles

Más detalles aquí

Muchas gracias por vuestras respuestas.

En realidad me preocupaba sobre todo el hecho de no saber cómo declarar a Hacienda los beneficios tras un reembolso y tras haber realizado diferentes operaciones de suscripción, traspaso, etc.

Pero por lo que leo en ese enlace, en Indexa el banco custodio retiene el dinero automáticamente.

  • ¿Sabéis si cuando esto pasa se requiere además incluirlo en la declaración de la Renta? ¿Quizás aparece directamente en el borrador?
  • ¿Es esta retención automática lo habitual? ¿Puedo esperar que en MyInvestor funcione igual?

Gracias de nuevo y saludos!

Entiendo que en ambos casos debería aparecer en el borrador, pero no lo sé de primera mano, te insisto que confirmes con ellos. Justo hoy he llamado a Myinvestor para otra cosa y me han atendido perfectamente.

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