Inversión vivienda VPO

Hola,

Quería preguntaros si alguien tiene algo de experiencia en la compra de una vivienda vpo para alquilar. La descalificación termina dentro de 10 años. Era vpo 50 años.Todo me encaja, precio, la vivienda está muy bien, la finca y sé que la alquilaría en nada de tiempo. El problema es que la generalitat Valenciana estipula un precio máximo de compra y de alquiler. Me han comentado que el precio que dicen ellos para alquilar está bastante desfasado actualmente, puedo incluir los gastos d escalera e ibi en el contrato para sumarle algo al alquiler. El problema es que no puedo saber al precio que se puede alquilar porque me han dicho que debo de ser dueño para poder solicitarlo. El vendedor no lo tiene(piso de banco) . La vivienda cuesta 85.000 eur y no tendría que arreglar nada. Me han comentado a ojo, que más o menos su precio de alquiler estaría en tornó a 400 eur, a esto sí le sumo ibi + comunidad unos 50eur más. Es un precio inferior de unos 100 eur que podría sacar. Que opináis? Tema a parte , al tener vivienda en propiedad puedo adquirir otra en régimen vpo para alquilar?

Gracias

Sin ser un experto, pero si lo compras por 85.000€ y puedes poner un alquiler de 400€/mes, me sale una rentabilidad bruta anual del 5,6%, bastante justa para el riesgo que vas a asumir por ser VPO. Por no hablar de que ya es un piso con 40 años, que tendrá un mantenimiento y vicios ocultos que ahora no ves.

Esto a parte de que si es tu segunda vivienda, te darán una hipoteca del 60% seguramente, por lo que deberás meter de entrada: 34.000€ + ITP (entre 7 y 10% extra) + gastos de notaria, registro, etc. lo cual es un dinero considerable para un retorno bastante justo.

Pero hay muchas otras variables a tener en cuenta, claro. Eso ya lo valoras tú.

Por otra parte, en referencia a los VPO, hasta donde yo sé, si no está descalificado, deberás cumplir con los requisitos de este en particular, según el régimen al que pertenezcan estos. Pero hasta donde yo tengo entendido, no puedes comprar uno como segunda vivienda, sino siempre como vivienda habitual (¡que te lo confirmen los compañeros si me equivoco!).

Correcto, de ahí mis dudas, encajaba todo pero ser vpo me fastidia mis planes.

Es así, me lo han confirmado.

De todos modos hoy mismo me han llamado y han cambiado las reglas del juego “servihabitat” de quedárselo la primera oferta a pasar a puja por arte de magia.

Gracias

Hola a tod@s ¡!

Rescato este tema porque me ha surgido una situación y os voy a dejar mi duda, por si alguien puede echarme una mano :blush:.

Estoy detrás de vender mi piso (bueno, el de mi madre jeje) y cuando se compró era de VPO.

La cosa es que el piso se compró antes de 2007 (ahora mismo no me acuerdo de la fecha exacta. Ya la facilitaré), pero en esta fecha se rehipotecó el piso por la muerte de mi padre.

Entonces, en la escritura de 2007 está la nota simple del registro de la propiedad con la calificación de vivienda de protección oficial, donde pone que “Los derechos de tanteo y retracto por plazo de 10 años, a favor de la Comunidad Autónoma de Murcia, según consta…bla bla” y mi duda principal es si eso que pone quiere decir que después de esos 10 años queda libre.

Otras dudas secundarias que me surgen de este tema son si una escritura se vuelve a hacer cuando tienes que rehipotecar una casa (lo pregunto porque, en mi caso, la escritura pone de 2007 y esto fue cuando mi padre se murió y no cuando se compró la casa), y la otra es si cuando se hizo la rehipoteca, también se volvió a calificar la casa, ya que en la nota simple pone que el estado de petición de la calificación fue en 2007.

Mil gracias de antemano :smiling_face_with_three_hearts:

Hola, ante la duda pregunta al registro de la propiedad ya que no sé si en este documento indica también que tienen derecho preferencial una vez alcanzado el plazo que indicas de 10 años como tal. También pregunta si, en caso de desestimiento por su parte, tu puedes tenerlo como vivienda libre o sigue siendo de VPO. En tal caso (si siguiera siendo vivienda VPO), si tu quieres este piso deberás cumplir con los requisitos que se exigen para poder optar a una vivienda VPO, dependiendo de cada comunidad hay unas normas u otras. Siempre, ante la duda, pregunta al registro de propiedad y a tu gestor o a un gestor experto en temas inmobiliarios. Un saludo!

1 me gusta

Muchas gracias, JP79 ¡!

Así lo haré :slight_smile:

1 me gusta