Heredar fondos y acciones

Buenas.
Voy a heredar unos fondos y acciones.

Actualmente tengo mi cartera en Indexa Capital y la verdad no sé qué hacer con los fondos heredados(Santander global crecimiento Fi CL S, Santander sostenible 2 Fi clase A, Euro valor garantizado acciones III FI): traspadarlos a Indexa o My Investor (tengo algún fondo por mi cuenta para ver como era) , mantenerlos en el banco gestor,…
Imagino que lo primero cuando se termine todos los trámites será solicitar las fichas de los mismos.
Los fondos están gestionados por un banco, por lo que ya imagino que tendrán mayores comisiones.

Y sobre las acciones, aunque no son muchas, estoy mucho más perdido.

Alguna sugerencia, propuesta por dónde tirar???

Muchas gracias

Al heredar tendras esos productos sin plusvalías, con lo que lo puedes liquidar por dinero, e invertir en lo que más conozcas o se te adapte.
Yo haría eso, pasarlo a dinero y luego lo pones donde ya estés acostumbrado y se adapte a tu estrategia.

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Pero al ser una ganancia patrimonial tendrá que pagar impuestos según la CCAA donde resida.

Hacienda siempre gana :smiley:

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¿Cómo funcionaría exactamente a nivel fiscal este tipo de herencias (fondos indexados, acciones…)? ¿Qué diferencias habría con respecto a heredar un piso (típica herencia en España)? ¿o qué diferencia habría con respecto a heredar un buen dinero aparcado en una cuenta corriente simplemente?

Me lío a estos niveles, lo digo porque a lo mejor interesa más fiscalmente enviar a los hijos una herencia de una forma u otra.

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Si no me equivoco todo lo que has dicho es ganancia patrimonial por lo que hay que pagar el Impuesto de Sucesiones y no sé si después algo de IRPF

Me interesa lo que preguntas y he estado buscando información para tener un poco más de idea. Aquí te dejo lo que encontré, además de un resumen conclusión propio:

Herencia sobre Fondos De Inversión: ▷ Herencia fondo de inversión: cómo y cuándo cobrarlo
Herencia sobre Acciones: https://www.busconomico.com/post/acciones-de-bolsa-en-herencia.aspx

Puntos resumen y mis conclusiones (si estoy equivocada, que alguien me corrija :wink:):

. Punto más importante: Hacienda considera como valor liquidativo (tanto de fondos como de acciones, casas y dinero en efectivo) el día del fallecimiento del titular y no el día que compró la persona fallecida.

. Punto a tener en cuenta para nuestro beneficio: Tenemos una ventaja fiscal, ya que se pueden reembolsar las participaciones (de fondos y volver a comprar acciones también) y, a ojos de Hacienda, no se habrá obtenido ningún beneficio, ya que el precio de compra es igual al de reembolso/recompra.

. Punto Dividendos De Acciones: Sí se tienen que declarar en la renta de la persona heredera porque son cantidades de dinero que vienen desde que obtuviste las acciones. Hay alguna excepción.

P.D.1: Evidentemente, no me dejo guiar por artículos escritos por internet, pero buscar información en distintas páginas me hace posicionarme (de manera superficial) en el tema.

P.D 2: En el artículo sobre los fondos de inversión, dice que la plusvalía es la valoración que hace Hacienda del fondo, pero eso es el valor liquidativo, hasta donde yo sé.

P.D. 3: El resumen hecho es en el caso de si es una única persona la que hereda y un solo titular. Si el caso es con más herederos/titulares, el asunto se complica. En los artículos que he puesto hace referencia a esto.

P.D. 4: Siempre consultar, en última instancia, con alguien experto en la materia.

P.D 5: Nombro a @Mr-X por si le puede ayudar el comentario.

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Así es, el valor es el del día del fallecimiento.

En cuanto pagar impuestos, en breve podré decir ya que aún estamos en trámites, pero imagino que según comunidad autónoma.
Y ya contaré como es con repartición entre varias personas

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Una de las opciones es seguir con las acciones, no es que sea un valor exagerado e ir viendo como va una temporada y a ver si aprendo algo.

No sé si conocéis algún bróker fiable y con pocas comisiones, actualmente están con un banco. Mirando he visto HyTrade, no sé si tenéis alguna experiencia con ellos, pero según lo visto parece que tiene buena pinta, pero mejor conocer opiniones de primera mano, gracias

Sí. El impuesto de sucesión y donaciones es por CCAA.

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Para acciones, a mí me dan bastante confianza DeGiro, XTB e IG. Hay analistas con bastante carrera siendo partners de estos brókers. Antes de meterte a ninguno de ellos, comprueba que las acciones que tienes estén en ellos.

Sobre el que nombras, no lo conozco, pero le he echado un vistazo por arriba y mi conclusión es que no tendría acciones (que son a largo plazo) en ese tipo de plataforma, si es que las ofertan, porque dice que es una plataforma de futuros, principalmente. Otra cosa que no me hace gracia es pagar con criptomonedas. En los exchanges más serios, que yo sepa, no se paga con criptomonedas. Por lo que otro punto en contra.

Otro más en negativo es que no pone el típico disclaimer sobre los riesgos que conlleva este tipo de trading, cosa que sí que hacen los bróker más confiables. Te dejo foto como ejemplo de uno de los brókers más confiables: Interactive Brókers:

Con respecto a las plataformas que te comenté, no sabría decirte cuál es más barato en comisiones (quizá, DeGiro, pero no puedo confirmártelo por experiencia propia).

P.D: Haz tu propia investigación sobre las plataformas, pero son muy confiables :blush:.

Yo te recomendaría mantener esas acciones, meter un pie el la gestión activa te abrirá bastante conocimiento y psicología. Es otro mundo.

Referente al Broker y partiendo de 0 lo ideal sería nacional x tema hacienda y evitar modelos.

Heytrade a día de hoy perfecto, tengo toda mi cartera con ellos y 0 queja. Echa un vistazo a su web e infórmate y compara costes. Saludos

Ese es el impuesto de donaciones , del cual no se puede escapar, pero es independiente de lo que haga con las acciones/fondos.
El benéficio que hayan tenido esas acciones es lo que desaparece a nivel fiscal (IRPF del muerto).

No hay gran diferencia, porque los activos se tienen que valorar a nivel de mercado, es equivalente heredar 100k en acciones que en metalico.

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¿Qué diferencia hay entre tener un bróker español o extranjero en el tema fiscal? Lo pregunto por lo que dijiste sobre partir de 0 y el bróker.

ACLARACIÓN por si alguien lee el hilo y se confunde: Con respecto a los brókers, no es igual HyTrade que HeyTrade. Son distintos y aquí dejo las páginas webs: Del bróker que habla Mr-X es https://hytrade.us/ y HeyTrader, con sede en Madrid, (https://heytrade.com/), donde @iCris dice que tiene todo su portafolio.

Los extranjeros no declaran nada a hacienda. Debes llevar tú toda la contabilidad y presentarla en la declaración.

Modelo 720 + D6 + dividendos + G/P forex por cambio de divisa.

En patrios, al informar, solo debes lavar la contabilidad de dividendos y revisar el borrador.

No digo que una opción sea mejor que la otra. Pero para iniciarse considero una menor traba administrativa comenzar por lo fácil.

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Perdón, hablaba de hey trade, me comería la e. No sabía que había otro, que peligro.
Yo hablaba del español, que según parece a la hora de declarar ya lo hacen más fácil y está registrado en el cnmv

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Gracias por la aclaración :slight_smile:

Gracias por la disposición, pero según lo expuesto puedes comentar tu opinión abiertamente en el foro, ya que así podemos aprender todos que es lo que se trata, ya que si no, podríamos entender que se va en contra de las normas.
Gracias y espero tu opinión abiertamente ya que por tu experiencia podremos aprender mucho siendo asesor

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No sé si te has dado cuenta, pero aquí compartimos el conocimiento GRATIS para aprender tod@s, como dice @Mr-X

Si no es tu caso, y quieres buscar cómo ingresar más pasta, te has equivocado de lugar. O, mejor dicho, te has equivocado de formas.

Primero aportas conocimiento y luego piensa en remunerarlo, pero no al revés.

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