Fiscalidad

Hola buenas es la primera vez que abro un tema en el foro a ver como va…
Actualmente tengo 40 años y soci socio al 50% en una empresa de rehabilitación (construcción) muy pequeña.
Con mi soci mensualmente hacemos una aportación de 500€ a Indexa Capital para tener una fondo ahorrado de emergencia (por si pasa algo) aún que nuestra visión es que sea para de nuestra jubilación.
Está cuenta de Indexa estar a nombre de empresa, ya que las aportaciones mensuales las hace la empresa.
Nuestra duda es fiscalmente cuando cobramos este fondo que fiscalidad tendrá?
Es decir tendrá doble foscslidad?
Pirmero para pasar el fondo a nombre nuestro y luego pagar el % de las ganancias?
Què me recomendáis?

Hola Jordi1981.
Entiendo que la fiscalidad de ese fondo tributará por el IMPUESTO DE SOCIEDADES porque el beneficio será para la empresa. Si luego además quieres sacarlo para ti y tu. socio en particular deberíais tributar esa ganancia vosotros que dependiendo como lo cobréis si en forma de dividendo o en forma de salario…

Me temo que la intención vuestra ha sido buena pero la ejecución no tanto, a simple vista.

"Pirmero para pasar el fondo a nombre nuestro"
Sobre esto deciros que un fondo no puede cambiarse de titular. Tendrás que retirar el dinero.

Hola PitufoFiloso, esto es lo que me temo.
Pero como la intención és a largo plazo de unos 20 a 25 años, aún tenemos tiempo de modificarlo y según nos convenga más y como más favorable sea la fiscalidad.
Que nos aconsejas?
Gracias por la respuesta

Yo aconsejaría que esas aportaciones las hicierais a nivel personal cada uno para así tampoco mezclar negocios con inversión. Ahora es sencillo pero imaginaros llegar a 100.000€ de fondo y que venga una caída del -20%… uno dice de vender y el otro no… veo demasiados inconvenientes.
Esto de la inversión es muy personal por lo que yo no invertiría “mi jubilación” con nadie.

Gracias, lo tendré en cuenta para darle una vuelta.
Att

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Yo tengo indexa como particular y empresa. El excedente de empresa se va al fondo. Siempre hay q retrasar el pago de impuestos. Si haces una aportación a socios vas a pagar en tu irpf del próximo año (19%). Si lo mantienes en empresa, ese 19% te va a producir por interés compuesto anual. De las facturas de comision podrás desgravar el iva. Otro tema es el q te comentan de disparidad en la decisión entre socios. Totalmente de acuerdo. Yo acabe comprando la otra mitad y mis decisiones empresariales no tienen problemas.
Cuando saque ese fondo será para cerrar la empresa. No preocupa.

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Hola Independence, primero gracias por la respuesta.
Lo que no había pensado es en desgravar el IVA de la factura comissión
Yo también tengo indexa como particular y como empresa, la verdad es que nos interesa tenerlo como empresa por si vienen tiempos difíciles por falta de trabajo, aún teniendo un fondo de emergicia, poder tirar de estos fondos si hace falta.
Actualmente con mi soci nos llevamos muy bien y hace más de 15 años que estamos juntos, pero estar claro qie las cosas pueden canviar.
También cuando sacamos els fondo sera para liquidar la empresa y que sea parte de nuestra jubilación, por eso queríamos mirar cuál es la mejor forma de fiscalidad al recuperar estos fondos dentro de 15 o 20 años.
Gracias

Perdón por llegar tarde, pero cuando liquides la empresa también pagarás por irpf al repartir lo que quede entre los socios, no?