Duda ingreso dinero en cuenta conjunta

Saludos a todos,

Primero de todo, disculpad si esta pregunta no encaja en esta categoría del foro. Si debe ser movido lo haré con gusto.

La duda en sí: Recientemente vendí una propiedad la cual estaba únicamente a mi nombre, pero al ingresar el dinero lo hice a una cuenta conjunta que tengo con mi mujer. Tras esto un asesor me comentó que Hacienda podría considerar la mitad de ese dinero como una donación a mi mujer, y por ende, se debería pagar el impuesto de donaciones.

No tengo muy claro que esto sea así y por ello os pregunto a ustedes, que seguro que alguno habrá tenido alguna experiencia similar.

Buscando en Google he encontrado sentencia del tribunal supremo (STS 322/2022 de 25 de abril de 2022) que parece tratar el tema dejando constancia de que NO constituiría donación, ya que aunque la cuenta sea conjunta, el dinero se consideraría mío íntegramente.

Gracias de antemano.

Supongo que básicamente es lo mismo que cuentan aquí

Lo que cuenta la sentencia es que lo que importa es el origen del dinero: si viene de algo privativo, el hecho de meterlo en una cuenta conjunta no lo convierte en ganancial. No es la primera vez que salen hilos parecidos, incluso de gente que tiene cuentas separadas (por ejemplo de nóminas) y luego lo mete todo junto en una. En este caso, que es diferente, si estás casado en gananciales ese dinero (que no era privativo) ya entraba como ganancial, así que unificar esas cuentas no tiene ningún problema.

Otra cosa es que, si la cantidad es elevada, el banco te pueda preguntar el origen de los fondos, pero eso es otra cosa (por ejemplo por una venta de una propiedad, cuando ingresas el cheque conformado en el banco).

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Muchas gracias por la aclaración.

Hacienda genera más miedo que la inflación :rofl:

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