Desestimiento de contrato alquiler ( soy la propietaria )

Hola a todos!

Había encontrado un inquilino perfecto, pero me ha manifestado que quiere dejar el piso a final de año. Lo ha notificado a tiempo.

El problema es que el inquilino entró en Septiembre. Por lo que no han pasado el mínimo de 6 meses y me corresponde una indemnización. En el contrato aparece específicamente señalada la cláusula de la LAU 11.

" El Inquilino podrá desistir del Contrato en cualquier momento una vez hayan
transcurrido al menos SEIS (6) MESES a contar desde la fecha de entrada en vigor
del Contrato, siempre que notifique por escrito al Propietario con al menos TREINTA
(30) DÍAS de antelación. El desistimiento dará lugar a una indemnización a favor del
Propietario, equivalente a la parte proporcional de una mensualidad de renta con
relación a los meses que falten por cumplir del primer año o de sus respectivas
prórrogas automáticas, en su caso. Para el cálculo de dicha indemnización, se dividirá
una mensualidad de renta entre 12 cuotas, y se multiplicará el resultado por el número
de meses o fracción de meses que falten por cumplir hasta una anualidad."

Teniendo en cuenta esto la indenmicación sería de:

600 euros de una mensualidad/ 12 = 50

50* 8 meses que le faltan para el año = 400 euros de indemnización?

Mi siguiente pregunta es si tiene derecho a la devolución de la fianza. O al haber incumplido contrato la pierde tambien.

Gracias!

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No sé si pierde la fianza, me imagino que no, pero coño, era un buen inquilino y ya le estás cobrando 400€ de indemnización. Me parece muy excesivo cobrarle 1000€ por irse 2 meses antes en un alquiler de 600€.

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La verdad es que si te leíste la LAU para ver cuánto podías sacar de indemnización, podrías haber seguido leyendo hasta llegar a la parte de la fianza (art. 36).

Mi siguiente pregunta es si tiene derecho a la devolución de la fianza. O al haber incumplido contrato la pierde tambien.

No está incumpliendo sino desistiendo el contrato, que es un mecanismo que viene reflejado en el propio contrato y en la LAU. La fianza, solo tiene como objeto reparar daños en el inmueble imputables al inquilino en el caso de que sea necesario. Si no hay daños, se devuelve íntegra sea como sea que finalice el arrendamiento.

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Hola!

Agradezco vuestras respuestas. No pretendo beneficiarme de nada. Simplemente, tuve problemas con él sobre el tema de larga temporada y quería asegurarme de que comprendía bien la ley que me ampara.

Esta es mi única propiedad y me ha llevado una gran inversión de tiempo ponerla en alquiler y buscar a alguien de larga temporada como para que se vaya en menos de 4 meses.

Entiendo vuestros mensajes y gracias por vuestras respuestas.

Hola @quichina

Según yo creo, tu inquilino técnicamente no esta desistiendo ya que no ha cumplido los 6 meses de obligado cumplimiento, aunque según dices si te ha comunicado de forma correcta su intención de rescindir contrato 30 días antes, estos dos puntos son importantes para que haya desistimiento, por lo tanto lo que esta haciendo es incumplimiento de contrato.

Evidentemente te tiene que compensar con una indemnización y esta según la LAU es de una mensualidad por cada año de contrato que reste por cumplir. O la parte proporcional para periodos inferiores a un año.

Ahora bien, entiendo que si tu inquilino ha tomado esta decisión debe ser por algún motivo de fuerza mayor, no es normal que alguien deje un alquiler a los 4 meses de firmar un contrato. Lo que yo haría seria intentar mediar con tu inquilino, explicarle la situación y llegar a un acuerdo para que por ejemplo te deje hacer visitas a ti o a alguna inmobiliaria para buscar nuevo inquilino durante este mes de diciembre así podrías ser más laxa con él. Es decir, lo que más te interesa es tener un nuevo inquilino lo mas pronto posible para no tener periodos vacíos que te generaran un perjuicio económico.

Al respecto de lo que comentabas de la fianza, esta no esta prevista para esto, solo se contempla para posibles desperfectos que pudiera hacer en tu piso. Si no es así deberás devolverla en su totalidad.

No estaría de más que consultaras con un buen profesional.

Suerte ¡¡

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