La cuestión no va tanto por el KYC , sino cómo compraste esas criptomonedas y/o si las compraste en un exchange español o extranjero. Si las compraste con una tarjeta con IBAN español, hacienda ya sabe que tienes criptos.
Ahora bien, ya depende de ti tributarlo si has hecho alguna permuta o declararlo cuando lo saques a tu banco.
Todo este tema fiscal es un lío importante, pero leyendo de aquí y de allí vamos sacando conclusiones porque hacienda no ha sacado nada oficial tampoco.
Para ser “soberano” como dices, debes de hacer otro tipo de jugadas para estar más seguro de que no te pueden “pillar” y hacerte tributar por eso.