Comprar vivienda a nombre de un hijo

Hola.

Estoy valorando la posibilidad de dar la entrada y comprar una vivienda sobre plano a un hijo con 16 años de modo que cuando se la entreguen de aquí a 3 años pueda alquilarla hasta que la use.

Habéis hecho alguna operación similar? Algo que tener en cuenta a nivel fiscal? Ingresos mínimos del menor…

Y ya para nota…
Habéis hecho algo parecido o similar con vivienda protegida? Pedir permiso para alquilar a la comunidad correspondiente…?

Cualquier comentario será bienvenido.

2 Me gusta

Hombre algo como eso…

Entiendo que vas a dar la entrada y pagarla, no? Pues eso es una donación, otra cosa es que tribute o no. En todo caso, pensando en vivienda protegida, ahí si que me parece complicado porque igual tú no cumples las condiciones… pero seguramente él tampoco (por falta de ingresos). Y en el caso de tú los cumplieras, suele haber limitaciones para venta / alquiler en X años.

Igual alguien le suena más… a mi lo “más sencillo” sería que la compres tú (y la pagues, claro) y que luego se la puedas donar en vida, si en CCAA eso está bonificado. Un ejemplo que tenemos en Galicia es una figura del derecho foral que es el pacto de mejora de herencia, donde puedes trasmitir cualquier bien de padres a hijos y está bonificado hasta 400k si no recuerdo mal. Vamos, que no pagas nada más que el notario (esto es el pacto de mejora, si es por sucesiones tras una muerte la cantidad es más alta).

2 Me gusta

Evidentemente, el importe inicial tiene que ser una donación. Y tributarla correctamente. Hasta ahí no hay duda.

Lo que no tengo claro son las implicaciones de alquilar y tener un hijo con ingresos. Conozco algunas operaciones similares pero hace muchos años. Entiendo que no hay ningún problema más.

Y en lo de la vivienda protegida es donde dudo mucho. Sé que hay requisitos máximos de ingresos pero no sé si mínimos… y conozco el proceso de solicitar el alquiler (hace cuatro años pregunte por el proceso), pero tengo serias dudas.

Aquí tienes q tener claro que necesitaría vivir él en ella de forma habitual en cuanto se la dieran, empadronarse, domicilio fiscal en ella, etc. La VPO debe destinarse a vivienda habitual y permanente. En la nueva ley se establecen sanciones para quienes incumplan la normativa de VPO, con multas que pueden llegar hasta los 300.000 euros.

1 me gusta

La realidad no es del todo así. Uno pensaría que durante 25 años solo puedes vivir ahí y ya está.

La realidad es que puedes pedir permiso a la comunidad para alquilar la vivienda demostrando que el contrato cumple ciertos requisitos.

Las multas vienen cuando alquilas sin esas características (fianzas, precio regulado, etc.) o sin el permiso de la comunidad correspondiente. Ahí si te crujen.

Pero el proceso en sí de la solicitud de alquiler no es del todo transparente.

Eso sí es algo a mirar, sobre todo porque seguramente tendrás algún tipo de desgravación en la renta. En otro foro un usuario comentaba qué para las hijas le tienen un fondo de inversión que venden a final de año para aflorar las plusvalías pero que como no llegan a los 5500 euros de mínimo, te lo devuelven todo (y así además el fondo “no tiene plusvalías” para el futuro). Pero también te decía que, si no recuerdo mal, no podía pasar el beneficio de 2000 euros para no tener impacto en la declaración de la renta (cantidad a revisar, lo he dicho de memoria pero sí había un máximo de ingresos que podía tener el crío).

En todo caso, usar una VPO me parece que tiene muchos problemas. Pero como decíamos también, meter una cantidad inicial, cómo se paga el reto, etc tiene que ser lioso. Porque sí tu le dieras dinero para la entrada y además eso estuviera bonificado en tu CCAA y él pudiera acceder a una hipoteca que se pagara con la cuota del alquiler… pues sería más sencillo. Hombre, otra forma que se me ocurre sería que tú le hagas un préstamo de los de interés 0% y él lo devuelva con las cuotas de alquiler. Luego y un poco ver como se puede trampear esa devolución para dejar “rastro” (que tampoco es complicado).