Como se declaran los crypto activos?

hola @N3C , si por ejemplo compra uno USDT usando un Iban Espanol a traves de Binance, podria dar algun problema? Yo no resido fiscalmente en Espana pero hago las compras de esa forma para luego pasar a un broker en USA.
si me puedes dar alguna luz,

Hola, Tony!

Lo primero que quiero que conste es que NO SOY ASESORA y lo que sé es porque leo mucha información de aquí y de allá, pero no tomes lo que te diga como consejo de nada. Haz tu propia investigación :heart:.

Tu nombre está en esas compras, tanto comprando con IBAN español como en el bróker en USA como en Binance, da igual donde residas, por lo que si te investigaran por cualquier cosa, saldría todo! Ahora bien, para que se dé esa investigación tiene que haber algún motivo de peso.

Si no vas a ser investigado (que es muy poco probable), no creo que haya ningún problema ni en España ni donde residas por esas compras. Pero yo no dormiría tranquila (opinión muy personal).

¿Por qué digo que no creo que haya problema? Pues porque si tú estás residiendo en otro país fuera de España y utilizas una tarjeta personal con el IBAN del país que resides y no la has “mezclado” con la tarjeta de IBAN español, en el lugar donde residas tienen muy complicado sacar toda esa información sin una investigación y en España, si no eres ni residente fiscal, no creo que Hacienda gaste energía en buscar algo que, ni siquiera sabe qué buscar.

Ahora bien, si estás haciendo esas jugadas para no declarar, ya puedes cubrirte el culo y no hacer movimientos fuera de lo normal…En el lugar donde resides, no sé, pero aquí en España la cosa hay que cogerla con pinzas.

Cualquier cosa, por aquí estoy :upside_down_face:

1 me gusta

Hola @N3C , de acuerdo a tu consejo he preguntado a 1 asesor fiscal, y me comenta, que si el dinero sale de una cuenta con IBAN espanol y ya he tributado por tema de herencia, eso no es un problema. El dinero es mio y no paga impuestos. Otra cosa es que tendria que quizas pagar en USA , y ver como se podria deducir eso en el pais de residencia fiscal. La Agencia Tributaria ya sabe que no soy residente en España y no se mete en lo que no es suyo (bienes o ingresos de España).

Ahora bien en el pais donde resido, tiene una ley bastante peculiar. Por ingresos del trabajo es responsabilidad del empleador pagar y enviar el informe a la ETA (autoridad fiscal de aqui), es mas de acuerdo a la ley: “If the income from outside Egypt is for an activity that takes place in Egypt, then it is subject to tax”. Si la renta no es destinada para 1 actividad aqui, no esta sujeta a impuestos.
un saludo y gracias por el mensaje

Tony

1 me gusta

No me digas que, teniendo las cosas un poco más claras, ya puedes pensar mejor en tus próximas jugadas. Por lo menos, este es mi “modus operandi”.

Me alegro que todo claro, Tony!!

A empezar bien la semanita :smiling_face_with_three_hearts: :slightly_smiling_face:

1 me gusta

Si claro @N3C ahora voy a hablar con alguien de aqui para ver como se tributaria si es que se debe de hacer. Lo importante es rellenar el censo para declararte como no residente, porque si figuras como residente, si que seria 1 problema, en el sentido de pagar por todo ello.

1 me gusta

Se me olvido muchas gracias @N3C

Seguimos en contacto…

1 me gusta

Hola @N3C ya he averiguado en el pais donde resido. Solo se grava las actividades o rentas de empresas locales o que ocurran aqui. Lo demas no esta sujeto a impuestos. Disculpa acentos y demas

1 me gusta

Pues parece que no te van a “sacar los dineros por todos lados” como es costumbre en España jejejeje

Abrazo¡!

1 me gusta

Hola @N3C

Cuidado que he leido que por la tenencia de crytpos tambien, no solo al venderlas,… bueno creo que si el patrimonio fuera excede 50 mil euros debes de informar a la AET, hahaha no nos libramos

1 me gusta

Hola, Tony!

Gracias por el aviso, pero ya estoy al tanto de las 2 novedades que afectan a las criptomonedas, que uno es el modelo 721 (del que hablas) y el otro es relacionado con los exchanges y las plataformas de custodio dentro de España.

Además hay un “D13” que algunas plataformas tienen y quiere decir que pasan datos a la Hacienda española sin que tú tengas que hacerlo. Las que no lo tengan, debemos de hacerlo nosotros.

Un poco lioso todavía todo porque está en pañales. Aun así, yo tengo todo bien etiquetado y muy claro de dónde viene el dinero que he ido consiguiendo porque paso de que Hacienda me tenga entre ceja y ceja jejeje.

1 me gusta

pues ya estas casi solucionado… me sale a pagar 15.000 euros una barbaridad, dinero que no tengo y tendre que pedir hasta un prestamo para poder pagarlo

Hola,

Pero entiendo que si tienes que pagar eso es pq habras tenido unos beneficios muy superiores no?

No reservaste una parte para pagar los impuestos? O no llegaste q convertir las criptos a fiat sino que hicistes permutas entre ellos?

Me salió 56.000 de ganancia en el 2021 a final de año empezó a caer todo me cogió de novato y no aparte nada no pensé que podía pasarme esto… lo que me quedó no cubre para pagar ni pienso sacarlo no merece la pena así que solo queda pedir préstamos y pagar y ya iré dando perdido próximos años hasta que vuelva a subir y yame pondré al día eso espero :sweat_smile:

@administrador SPAM.

Gracias por la información, Carlos! Y siento el palo!

P.D: Si ese dinero no lo has pasado a Fiat y no has disfrutado de él no sé hasta qué punto deberías de pagar. Evidentemente, para quedarte tranquilo, lo pagas y listo, pero si no has sacado ese dinero no es justo, aunque sé que la ley está así para las criptomonedas.

Saque mas o menos lo que invertí a mi banco que fueron unos 9000 más o menos así que ya saben que invierto en criptomonedas legalmente hay que declarar todas las permutas y eso voy hacer ya me recuperaré :muscle:lo más gracioso ahora es que estamos en agosto y la gestoria se fue de vacaciones…

1 me gusta