Un "myinvestor" desde Francia

Hola, es mi primer mensaje en el foro. Muchas gracias por la info de todos los demás hilos, muy interesante, pero no he encontrado la info que me gustaría.
Vivi y trabajo en Francia, por lo que soy residente fiscal aquí. Como roboadvisor los hay pero con comisiones bastante más altas que en España (1.6%/año). En principio estoy haciendo eso con Nalo.fr.
Sin embargo me gustaría empezar con algo tipo myadvisor para tener más control y sobre todo, menos comisiones.
Alguien sabe de alguna alternativa?
Muchas gracias hormigas.

Jorge Lerma

El alta en MyInvestor desde un país extranjero es un poco más engorroso pero se puede hacer sin problemas, además, en su cuenta de twitter siempre están muy atentos a responder cualquier duda.

Ánimo y paciencia que ya sabemos como pueden ser los procesos de alta con tanto papeleo.

Gracias por responder. Y fiscalmente cómo hago para tributarlo em Francia y no tener qué hacer dos declaraciones? Es eso lo que me echa para atrás.
No tengo Twitter, pero voy a ver si me por aquí o directamente responden ellos en su web.
Gracias!

Hola @Lerma :wave:

Si la finalidad de la cuenta de myinvestor son los fondos indexados, entonces tendrás ganancias patrimoniales, las cuales están exentas de tributación en España, siempre que dispongas de certificado de residencia fiscal de Francia. Por ello, deberás presentar el modelo 210 durante los primeros veinte días de enero del año siguiente, reportando la ganancia patrimonial y aplicándote la exención de la Ley de No residentes española.

Por contra, si tu finalidad es la cuenta remunerada, entonces recibirás intereses, los cuales también estarán exentos de tributación en España. Por ello, éstos deberían reportarse trimestralmente a través del Modelo 216 y, de manera anual, con el modelo 296, en los que se declararía la aplicación de la exención de la Ley de No Residentes española.

Teniendo en cuenta lo anterior, deberías presentar declaraciones en España como no residente y en Francia como residente. No obstante, en la práctica, no se suelen presentar porque la deuda tributaria es 0 en ambos casos y las cantidades no suelen ser altas.

Como siempre digo, cada uno es responsable de él mismo y adopta el riesgo que quiere, aunque personalmente, yo los presentaría como best practice, ya que el resultado es 0 en todos los casos.

Espero que te haya podido ser útil.

Un saludo

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Hola, muchas gracias por extenderte y dar una respuesta tan precisa. Sinceramente voy perdido en temas de fiscalidad tanto en españa como em francia. Nunca hice la declaración en España, en Francia sí, pero al declarar solo ingresos por mi trabajo era más “fácil”.
Realmente los formularios que dices son para la española o la francesa? Si no transfiero mis ganancias (de la cuenta remunerada) debo declararlos también? Y una última, si no vendo los fondos no tengo que declarar nada hasta que lo haga no?
Muchas gracias, y buenos días!